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Los Pensamientos 1664

En abril de 2024, el sindicato detectó que la empresa comenzó a imputar días de descanso compensatorio (por vuelos en feriados) a los denominados “días blancos” del rol de vuelo.

Esta práctica alteró una forma de gestión que había sido constante y afectó la certeza de la planificación laboral, generando confusión y pérdida de descanso efectivo para las y los tripulantes.

⚖️ Lo que resolvió la Dirección del Trabajo

Tras la denuncia presentada por el sindicato, la Dirección del Trabajo emitió el Ord. N°341 (27.05.2025), estableciendo que:

Los “días blancos” no son días de descanso, sino días disponibles para que la empresa programe actividad, de acuerdo con los procedimientos pactados.

Imputar descansos compensatorios a días blancos sin aviso ni acuerdo previo vulnera el artículo 152 ter C del Código del Trabajo, el principio de certeza y la buena fe contractual.

La empresa no puede alterar unilateralmente los días de descanso ya establecidos ni usar los días blancos para absorber feriados compensados.

🧭 Impacto en la jornada laboral

El dictamen reafirma que:

Los roles de vuelo deben ser predecibles y respetados una vez publicados.

Los descansos compensatorios deben programarse de manera expresa, no encubierta.

Se fortalece el derecho a la planificación personal y familiar de cada tripulante.

Cualquier futura modificación en la forma de asignar días blancos deberá respetar los principios de certeza y transparencia.

✊ Significado sindical

Este resultado es un logro concreto del Sindicato STCLE, fruto de la acción organizada, la vigilancia y el uso responsable de los canales institucionales.
Gracias a esta gestión, la Dirección del Trabajo ratifica un criterio que protege el tiempo de descanso, la previsibilidad y la dignidad laboral de las y los tripulantes.

Seguiremos trabajando con el mismo compromiso para resguardar cada uno de los derechos conquistados.
STCLE — Unidos en la defensa de nuestras condiciones laborales